Ley de PPP: la desinformación como aliada de las políticas económicas de Cartes
El lunes 28 de octubre la Cámara de Diputados tratará en sesión extraordinaria, marcada para las 14:00 horas, la ley de participación público-privada (PPP). Organizaciones sociales, sindicales y campesinas realizarán una jornada de movilización nacional exigiendo el rechazo del proyecto de ley.
El lunes 28 de octubre la Cámara de Diputados tratará en sesión extraordinaria, marcada para las 14:00 horas, la ley de participación público-privada (PPP). Organizaciones sociales, sindicales y campesinas realizarán una jornada de movilización nacional exigiendo el rechazo del proyecto de ley.
El aspecto más preocupante de la ley impulsada por el presidente Horacio Cartes es que habilita la privatización del agua.
En el marco de las diversas actividades
realizadas para informar a la población sobre los alcances de la Ley de
promoción de la inversión en infraestructura pública y ampliación y
mejoramiento de los bienes y servicios a cargo del Estado, más conocida
como ley de participación público-privada, el viernes pasado se realizó
un panel debate en El Cabildo. Los participantes señalaron que existe un
gran cerco mediático de la prensa empresarial a fin de ocultar las
consecuencias que implicaría para el país esta normativa y poder
llevarla adelante sin la oposición de la ciudadanía.
En primer lugar, Canese precisó que los
proyectos de las cámaras de Diputados y Senadores son en esencia lo
mismo, aunque el planteamiento de la Cámara Alta es más explícito sobre
los bienes, recursos y servicios públicos pasibles de ser concesionados.
Así, el proyecto de la Cámara de
Diputados fue presentado como si incluyera solamente obras de
infraestructura, pero en el artículo 3 señala taxativamente que “el
desarrollo de los proyectos de infraestructura, incluyendo
infraestructura vial, ferroviaria, portuaria, aeroportuaria, de
navegación fluvial; proyectos de infraestructura social; infraestructura
eléctrica, obras de mejoramiento, equipamiento y desarrollo urbano;
entre otros proyectos de inversión en infraestructura y servicios de
interés público”.
En tanto, la versión de Senadores amplía
los alcances de la ley a “proyectos de infraestructura y de gestión de
servicios, incluyendo proyectos viales, ferroviarios, portuarios,
aeroportuarios, proyectos de hidrovías, de dragado y mantenimiento de la
navegabilidad de los ríos; los de infraestructura social;
infraestructura eléctrica; proyectos de mejoramiento, equipamiento y
desarrollo urbano; abastecimiento de agua potable y saneamiento; entre
otros proyectos de inversión en infraestructura y servicios de interés
público. También podrán comprender la producción de bienes y la
prestación de servicios que sean propios del objeto de organismos,
entidades, empresas y sociedades en las que el Estado sea parte”.
Todo esto por plazos de treinta años que
pueden extenderse a cuarenta si la empresa alega que aún no tuvo la
tasa de retorno suficiente o exija reparaciones por supuestos perjuicios
o “hechos fortuitos” ajenos a la “voluntad del participante privado”,
de acuerdo al artículo 34.
La exministra de Minas y Energía citó
algunos de los aspectos que más colisionan contra la institucionalidad y
los intereses del país como la posibilidad de que el Ejecutivo, sin la
intervención ni la jurisdicción de los demás poderes del Estado,
concesione todos los bienes y servicios de dominio público. La primera
gran inconstitucionalidad de la ley es que viola el principio del
equilibrio y recíproco control de los poderes establecido en la Carta
Magna. Por ello, la normativa evita hablar de concesiones ya que, de
acuerdo a la Constitución, este tipo de emprendimientos solo pueden
aprobarse con el acuerdo del Congreso.
El “arbitraje”
Otro aspecto preocupante es el atentado a
la soberanía jurídica que podría implicar esta ley en caso de
diferendos, ya que el artículo 41 solo hace mención a un “arbitraje” sin
determinar de quién o de qué se trata. Este “árbitro” no sería otro que
el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a
Inversiones (Ciadi), un organismo del Banco Mundial que sistemáticamente
falla a favor de las transnacionales y en contra de los Estados.
Incluso las leyes nacionales quedan subordinadas a los contratos, puesto
que se deja sentado que las disposiciones legales regirán para las
iniciativas público-privadas “en cuanto fueran aplicables”.
La entrevistada reseñó que la aplicación
de este modelo ha generado fuga de capitales, precarización del
servicio y aumento de desigualdades. A esto se agrega que el Estado
asume todo el riesgo al comprometerse a brindar compensaciones en caso
de que las firmas sufran pérdidas o se presenten controversias
judiciales. Para ello se crea un fondo de garantía cuyo principal
aportante es el Estado, que además deberá reponer anualmente esos fondos
con dinero del Presupuesto General de la Nación, que mediante la
llamada ley de “responsabilidad fiscal” pasó a la tutela casi exclusiva
del Ejecutivo.
En este sentido, aparece de manera
explícita que el Estado será el fideicomitente, es decir quien
depositará a base de la “fe” el dinero público para indemnizar a las
empresas en caso de que exijan reparaciones o se deba enfrentar un
litigio. En segundo término se contempla un porcentaje de los aportes
privados y de potenciales multas que se llegare a cobrar a los
concesionarios.
No obstante, el único aporte seguro en
este fondo son los recursos que ofrece el Estado, entre royalties,
impuestos, peajes, tarifas, préstamos, inmuebles, bonos “soberanos”,
entre otros, que además no serán devueltos al Tesoro, “sino permanecerán
dentro del fondo y continuarán afectados a los objetivos del mismo para
los siguientes ejercicios fiscales”, añade el artículo 11.
El más claro ejemplo brindado para
graficar la calidad de los servicios privatizados y la indefensión de
los usuarios es el transporte público, que a pesar de recibir subsidios
operan con pésimas unidades y mala cobertura en las frecuencias y
horarios, que empeoran en los días no hábiles.
En términos corrientes podría afirmarse
que el Estado pone hasta las fotocopias, pues según el artículo 20 “el
promotor de la iniciativa no deberá abonar el costo de adquisición de
las bases del procedimiento competitivo o documentos conexos”. Asimismo,
quienes no resulten adjudicados serán beneficiados con “el reembolso de
los costos aceptados vinculados con la realización de los estudios
previos referidos en esta ley”.
Privatizar hasta el agua
A todo lo citado se adiciona el
agravante de que se incluye el agua entre los recursos sujetos a la
concesión. El artículo 52, entre otros bienes y servicios como
hidrocarburos, rutas, aeropuertos, etc., incluye “provisión de agua
potable y servicios de saneamiento y tratamiento de efluentes,
generación, trasmisión, distribución y comercialización de energía
eléctrica; hospitales, centros de salud, centros educativos; acueductos,
poliductos, oleoductos, alcoductos, gasoductos, y penitenciarías”. Con
respecto a esto último, si bien el Estado paraguayo está aplazado en el
manejo del sistema penitenciario, sería peor aún si se privatizan estos
establecimientos y se formen empresas cuyo negocio sea meter gente a la
cárcel.
En contraposición a todo esto, Canese
señaló entre las varias alternativas disponibles que las obras
necesarias sean financiadas con los ingresos provenientes de las
binacionales, unos 750 millones de dólares anuales que podrían ir en
aumento, en lugar de ceder estos recursos como “blindaje” a los
capitales privados.
Señalemos, por último, que este lunes 28
de octubre se realizará una jornada de movilización nacional con motivo
del tratamiento de la ley en la Cámara de Diputados, que ese día
realizará una sesión extraordinaria, marcada para las 14:00 horas, y
para la cual la mayoría de los legisladores comprometieron su apoyo a la
iniciativa promovida por el gobierno de Horacio Cartes.
Fuente: http://ea.com.py/ley-de-ppp-la-desinformacion-como-aliada-de-las-politicas-economicas-de-cartes/
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